CONSEJO ESTUDIANTIL
Según el Decreto 1860 del 3 de agosto de 1.994:
¨En todos los establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los Educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento.
Los Alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los Estudiantes que cursan el tercer grado.
Funciones del Consejo Estudiantil:
https://drive.google.com/file/d/13ttGCSv8wDOLWBJ3Nf66fuZoi7aVcI6H/view?usp=sharing