Con esta Ley 2195 del 2022el Congreso de la Republica de Colombia, a partir del artículo 18 creó la figura del Contralor Estudiantil en todas las Instituciones Educativas de Colombia del nivel nacional departamental, municipal y distrital.
ARTÍCULO 18. CONTRALOR ESTUDIANTIL. Crease la figura del Contralor Estudiantil en todas las Instituciones Educativas de Colombia del nivel nacional departamental, municipal y distrital. El Contralor Estudiantil promoverá desde el ámbito escolar la cultura de la integridad, la transparencia, y el control social, para que los niños Y jóvenes conciban, se apropien y fortalezcan su responsabilidad y compromiso en el cuidado de lo público.
Las actividades del contralor estarán dirigidas a fomentar la participación ciudadana para asegurar la transparencia, la buena gestión publica y el buen uso de los recursos. Para el cumplimiento de estos fines desarrollara las siguientes funciones:
Ley 2195 de 2022 y articulo 17 de la Constitución Política de Colombia.
Funciones del Contralor(a) Estudiantil: